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institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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12 2 R-DCA-602-2008 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del dieciocho de noviembre del dos mil ocho. Recursos de apelación presentados por las empresas MAGOFRA COSTA RICA S.A. y Cooperativa Autogestionaria de Trabajadores de Servicios Portuarios Marítimos y Afines R.L. COOPETRAMUPA R.L., contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N°2008LA-000011-01, promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), para el mantenimiento de faros y boyas de la vertiente del Pacífico de Costa Rica, recaído a favor de la empresa Naútica J.J. S.A., por un monto de $149.520,00 (ciento cuarenta y nueve mil quinientos veinte dólares exactos), por un plazo de dos años. ----------- RESULTANDO I.-Que las empresas recurrentes presentaron recursos de apelación en contra del referido acto de adjudicación. ------------------------------------------------------------------------------------ II.-Que en la tramitación se han observado las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. ----------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Hechos Probados: Se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1)-Que el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), promovió la Licitación Abreviada 2008LA-000011-01, para la adquisición de los servicios de mantenimiento de faros y boyas de la vertiente del Pacífico de Costa Rica. 2)-Que las participantes en dicho proceso fueron las empresas MAGOFRA COSTA RICA S.A., Cooperativa Autogestionaria de Trabajadores de Servicios Portuarios, Marítimos y Afines R.L. (COOPETRAMUPA R.L.) y Naútica J.J. S.A. (ver folios 44 a 367 del expediente de la contratación) 3)-Que en el diario oficial La Gaceta N°209 de fecha 29 de octubre del 2008, fue publicada la adjudicación de dicho procedimiento concursal, recaída a favor de la empresa Naútica J.J. S.A., por un monto de $149.520, ...
Fecha publicación: 21/11/2008
Fecha emisión: 18/11/2008
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11497 31 de octubre de 2008 DCA-3496 Señor José Pablo Chavez Zamora Apoderado Consorcio Nemo – Chaves Capital S. A. Fax: 2441-0655 Estimado señor: Asunto: Se deniega, por improcedente, la solicitud de reconsideración hecha por el Consorcio Nemo – Chaves Capital S. A. referente a las tarifas del Balneario Ojo de Agua. Damos respuesta a su oficio N° PAOA 42-2008 del 6 de octubre de 2008, complementado con nota del bufete Medaglia & Asociados del 9 de octubre pasado, mediante los cuales solicita reconsideración de nuestro oficio N° 10065 DCA-3024 del 2 de octubre de 2008 referido a la reprobación de la adenda al contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y el Consorcio Nemo/Chaves Capital S. A. para la administración del Centro de Recreación Ojo de Agua, con el método tarifario para los reajustes de precios de tarifas acordadas. I.-Justificación de la solicitud: Plantea solicitud para que se reconsideren las aclaraciones que se indican en relación con las nuevas interrogantes que le surgen a este Despacho luego de analizar la información sobre el estudio o modelo tarifario que se pretende incorporar al contrato de marras, toda vez que iniciar un nuevo proceso de adenda, los deja en una posición comprometida financieramente debido a lo lento del proceso y a las expectativas de contar con la tarifa nueva para aprovechar las vacaciones y verano 2008. II.-Criterio del Despacho: El punto que motiva su solicitud se origina en el refrendo de la adenda al contrato de referencia al cual no fue factible otorgar la aprobación solicitada por las razones que se exponen en dicho oficio. Sobre el particular, hemos de indicarle que, de conformidad con el artículo 1° del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, “Cuando la Contraloría General de la República deniegue el refrendo a un contrato administrativo, señalará a la ...
Fecha publicación: 02/11/2008
Fecha emisión: 31/10/2008
Documento: 11497-2008.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 03625 24 de abril de 2008 DAGJ-0511-2008 Señor Mba. Whitman Cruz Méndez Gerente General Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico INCOP Estimado Señor: Asunto: Aprobación del “Reglamento para el pago de kilometraje de los vehículos propiedad de los funcionarios del Instituto Costarricense del Pacífico” Nos referimos a su oficio N° G.G.C.00470-2008 del 26 de marzo de 2008, mediante el cual ese instituto atiende las observaciones vertidas por este despacho en el oficio N° 01166 (DAGJ-0177-2008) del 11 de febrero de 2008, con relación a la aprobación del “Reglamento para el pago de kilometraje de los vehículos propiedad de los funcionarios del Instituto Costarricense del Pacífico”, en cuanto al requerimiento del estudio técnico que fundamentara la necesidad institucional a efectos de pagar kilometraje, sino el factor de economía implícito, requisito que se cumple con el oficio N° USG-0096-2008 del 12 de marzo de 2008. Nuestro Criterio Una vez analizado el reglamento de interés, esta Contraloría General de la República otorga la autorización al “Reglamento para el pago de kilometraje de los vehículos propiedad de los funcionarios del Instituto Costarricense del Pacífico”, sujetándola a que la Administración atienda las siguientes observaciones: a) Artículo 4: Se sugiere eliminar la frase “y de fuerza mayor” por cuanto para efectos del contenido de esta regulación lo importante es la constancia de que el vehículo de uso discrecional asignado a un funcionario que desee ofrecer su vehículo en arrendamiento, se encuentre impedido para su uso, independientemente de si las causas responden a circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. Además, el mismo artículo obliga al funcionario a adjuntar prueba de que el vehículo de uso discrecional no estuvo apto para su normal funcionamiento. Es importante que este artículo sujete el pago de kilometraje única y exclusivamente ...
Fecha publicación: 01/05/2008
Fecha emisión: 24/04/2008
Documento: 03625-2008.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE KILOMETRAJE


PAGE 2 R-DCA-006-2008 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del once de enero de dos mil ocho.----------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por CRAISA S.A, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2007-LA-000007-01 promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), para la adquisición de un manipulador telescópico para utilizarse en las maniobras de la Terminal de Cruceros de Puntarenas, adjudicada a Aditec JCB. S.A., por un monto de US$114.000.00.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. CRAISA S.A., presenta formal recurso de apelación el día 16 de noviembre de 2007 porque considera que la Administración evaluó incorrectamente las ofertas. Que ella está en segundo lugar en dicha evaluación pero que debido a una mala definición de los términos del cartel en el tema de los repuestos, donde se le otorgó un puntaje global de 20% se definieron subdivisiones, no consideradas en el cartel , consistentes en cuatro aspectos a los cuales se les otorgó un puntaje de 5% y además no se definió nunca como debieron ser evaluados. Que en todos los demás aspectos sí definidos por el cartel su empresa hubiera ganado la adjudicación, pero por un aspecto no previsto se le otorgó la adjudicación a Aditec JCB, S.A., además alega que existe precio ruinoso.------------------------------------ II.-Mediante auto de las 14 horas del 29 de noviembre de 2007, se confirió audiencia inicial por cinco días a la Administración y a la adjudicataria; la cual fue respondida en tiempo y forma .-------------------III-Se confirió audiencia especial por tres días a la apelante para que se refiriera a las argumentaciones de la adjudicataria y la Administración en contra de su oferta, la cual fue contestada en tiempo y forma.------------------------------------------- ...
Fecha publicación: 18/01/2008
Fecha emisión: 10/01/2008
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 R-DCA-505-2007 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del nueve de noviembre del dos mil siete.----------------- Recurso de apelación interpuesto por Náutica J.J S.A. en contra del acto de adjudicación de la contratación directa 2007CD-000387-01 promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico para la remodelación de 102 metros lineales del puente de acceso al muelle de Puntarenas.- RESULTANDO I.-Que el recurrente interpuso apelación en tiempo el contra el acto dictado por el INCOP a favor de la empresa R y S Consultores. ----------------------------------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las quince horas del veintidos de octubre, se solicitaron los expedientes de la contratación.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- Que el procedimiento recurrido, es un procedimiento excepcional de contratación directa, autorizada mediante oficio 9370 (DCA-2768) del 15 de agosto del 2007.--------------------------------- IV.-Que se han respetado los formalismos correspondientes. ----------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Sobre la fundamentación y legitimación del apelante: Resulta de rigor, un primer análisis de las posibilidades de adjudicación que tiene el apelante, con el fin de verificar su legitimación a recurrir el acto. En ese sentido, revisando los argumentos esgrimidos, básicamente se alegan dos puntos, el primero de ellos es la no asistencia del actual adjudicatario a la visita a las instalaciones del muelle, misma que el pliego cartelario consideraba obligatoria (cláusula 6 del cartel). El segundo es un defecto que atribuye al esquema del sistema de evaluación con respecto al plazo de entrega, y que consiste en que en el pliego cartelario (cláusula 16.3) se señala con respecto a la asignación de dicho puntaje lo siguiente: “La empresa que of ...
Fecha publicación: 15/11/2007
Fecha emisión: 09/11/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 3 R-DCA-336-2007 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del quince de agosto de dos mil siete.--------------------- Recurso de Apelación interpuesto, en forma personal, por, Alicia María Garita Ugalde, Gilberto Rojas Gutiérrez y José Víctor Sosa Brenes en contra de la adjudicación de la Licitación Pública 2006LN-00001-01, promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico para la Administración del Centro Recreación Balneario Ojo de Agua en San Antonio de Belén, acto recaído a favor de las mismas personas apelantes, cuantía inestimable.------------------------------------ RESULTANDO I.- Las apelantes interponen recurso de apelación en contra del acto de adjudicación recaído a su favor, alegando que asumir el negocio en las circunstancias actuales le traería ruina económica.------ II.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------ CONSIDERANDO I. Hechos Probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), promovió la Licitación Pública 2006LN-00001-01 para la Administración del Centro Recreación Balneario Ojo de Agua en San Antonio de Belén (véase La Gaceta N° 208 del 31 de octubre de 2006). 2) Que en este concurso participaron, mediante oferta conjunta, Alicia María Garita Ugalde, Gilberto Rojas Gutiérrez y José Víctor Sosa Brenes; así como el Consorcio Nemo (véanse las plicas presentadas en expediente administrativo de la licitación). 3) Que la adjudicación recayó sobre el Consorcio Nemo (véase La Gaceta N° 62 del 28 de marzo de 2007). 4) Que mediante resolución R-DCA-263-2007 de las ocho horas del veintisiete de junio de dos mil siete, ese Despacho resolvió un recurso de apelación presentado por Alicia María Garita Ugalde, Gilberto Rojas Gutiérrez y José Víctor Sosa Brenes en contra del acto de ...
Fecha publicación: 20/08/2007
Fecha emisión: 15/08/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 5 R-DCA-299-2007 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del veinte de julio del dos mil siete .---------------- Recurso de apelación interpuesto por Inversiones Camarias S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2007LN-000001-01 promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico para la contratación de servicios de vigilancia privada, recaído a favor de Agencia Valverde Huertas (AVAHUER S.A.) por un monto anual de ¢169.724.515,36 ---------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.-La empresa. Inversiones Camarias S.A., recurrió en tiempo el acto de adjudicación adoptado por ese instituto, a favor de la empresa Agencia Valverde Huertas (AVAHUER S.A.) y presenta su impugnación en cuanto a que el precio de la empresa AVAHUER es ruinoso, todo conforme a criterio técnico aportado –oficio AMP-EE-02-2007- por el señor Alberto Mora Portuguez, carné 12060 del Colegio de Ciencias Económicas, en donde se concluye que la oferta de la adjudicataria presenta una pérdida de ¢24.086.296,62 al final de los dos años de ejecución del contrato.-------------------------------------------------------------------------- II.- Mediante auto notificado el veintisiete de abril del 2007, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la firma adjudicataria. La audiencia fue atendida en tiempo por ambas partes.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- En su contestación de audiencia inicial, mediante nota sin número, la Administración descarta la ruinosidad del precio, y aporta un ejercicio financiero que demuestra que la adjudicataria obtendría una utilidad de ¢ 6.186.472 .----------------------------------------------------- IV.-Por su parte, en su contestación de audiencia inicial, la empresa adjudicataria alega que los puestos qu ...
Fecha publicación: 26/07/2007
Fecha emisión: 18/07/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 02039 28 de febrero de 2007 DAGJ-0207-2007 Señor Whitman Cruz Méndez Director Administrativo Financiero INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO Fax: 634-41-66 Estimado señor: Asunto: Reajuste de garantía de cumplimiento. Se refiere este Despacho a su oficio N°G.G.308-2007 de fecha 12 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 14 de febrero de los corrientes, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la solicitud de reajuste de la garantía de cumplimiento que presentara SAAM de Costa Rica, por haberse cumplido con el depósito en fideicomiso de cuatro millones de dólares correspondientes al pago inicial contractualmente establecido. I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso del INCOP. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. En este ord ...
Fecha publicación: 09/03/2007
Fecha emisión: 28/02/2007
Documento: 02039-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 2 R-DCA-616-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del veinte de noviembre de dos mil seis.---------------------------------------- Recurso de Objeción al cartel interpuesto por Alicia María Garita Ugalde contra el cartel de la Licitación Pública 1-2006 promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico para la administración del Centro de Recreación Balneario de Ojo de Agua en San Antonio de Belén.----- POR CUANTO: I.-Alicia María Garita Ugalde planteó objeción en contra algunos requerimientos del cartel.-------- II.-Mediante auto de las quince horas con quince minutos del siete de noviembre de dos mil seis, se confirió audiencia a la Administración, la cual fue atendida en tiempo por la entidad licitante.-------- III.- Sobre el fondo: 1) Plazo de apertura: Señala el objetante que el plazo de apertura de ofertas es insuficiente para presentar ofertas, toda vez que se deben construir obras y realizar mejoras. La Administración aduce que, en un afán de colaboración, decidió ampliar el plazo para la recepción de ofertas al día treinta de noviembre. Sostiene que eso no significa que la recurrente lleve razón, toda vez que el cartel es claro y que en su anexo detalla los trabajos de mantenimiento exigidos y no construcción de obras. Criterio del Despacho: Debido a que la Administración está de acuerdo en prorrogar la apertura de ofertas, aspecto sobre el cual somos contestes, declaramos con lugar el extremo objetado. 2) Sistema de calificación: Manifiesta el objetante su desacuerdo con el sistema de calificación, específicamente con el parámetro 4 “Semejanza con el Balneario de Ojo de Agua” al que se asigna un 20%, y que, asimismo, cuando se describe ese parámetro en la cláusula 6.4, se asigna un punto por cada uno de los aspectos se ahí se enumeran. Destaca que los 23 parámetros a evaluar corresponden al Balneario de Ojo de Agua pero que no existe otro igual en el paí ...
Fecha publicación: 19/11/2006
Fecha emisión: 16/11/2006
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.12009 23 de agosto, 2006 DCA-2506 Señora Laura Rivera Rodríguez Señor Mauricio Díaz Benach Concesionaria SAAM Costa Rica S.A. CARRETERA PROSPERO FERNANDEZ, PARQUE EMPRESARIAL FORUM, EDIFICIO A, SEGUNDO PISO (KPMG). Estimados señores: Asunto:Solicitud interpretación punto IV del Oficio No. 10711 (DCA-2283) del 11 de agosto del 2006, relacionado con la concesión de la gestión de servicio público de remolcadores. Nos referimos al oficio sin número y fecha, recibido por este órgano contralor el 17 de agosto de 2006, mediante el cual solicitan aclaración sobre el punto IV de nuestro oficio No. 10711 (DCA-2283) del 11 de agosto del 2006, referente al tema del reestablecimiento del equilibrio financiero del contrato y la Tasa Interna de Retorno, del contrato de gestión de servicio público de remolcadores. Sobre el particular, me permito señalar que esta Contraloría General, analizando el contenido de la nota mediante la cual se solicita aclaración, concuerda con ustedes en que dicho punto ha de interpretarse en los términos allí esbozados, a su vez comparte el hecho de que efectivamente tratándose de esta temática ha de tenerse como base las cláusulas del contrato, así como lo regulado en el numeral 18 de la Ley de Contratación Administrativa y lo dicho por la Sala Constitucional, en el Voto No. 6432-1998. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, M.B.A. Gerente Asociado MCU/LGB/mst ci Archivo Central Área de Servicios de Obra Pública y Transportes Ni: 19320, 2004005756-7 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 26/08/2006
Fecha emisión: 23/08/2006
Documento: 12009-2006.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS